Familia

Baja por maternidad y paternidad: Los principales cambios en 2023

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Baja por maternidad y paternidad
Jennifer Delgado

Jennifer DelgadoEducadora, psicóloga y psicopedagoga

Educar a un hijo requiere mucho esfuerzo y tiempo, sobre todo cuando son pequeños. La baja por maternidad y paternidad les facilita esta tarea a los padres concediéndoles un tiempo de descanso laboral para cuidar de sus hijos. Avalada por la Ley Orgánica 3/2007 y más recientemente por el Real Decreto-ley 6/2019, la baja por maternidad y paternidad ha sufrido importantes modificaciones a lo largo de los años que mejoran las condiciones de permiso y derechos laborales para las madres y padres que tienen un hijo o adoptan a un menor. He aquí los principales beneficios que esta ley te permitirá disfrutar en 2023.

Se equiparán las bajas por maternidad y paternidad

Antes del año 2007, las madres podían disfrutar de 16 semanas de baja por maternidad y los padres solo tenían derecho a disfrutar de 2 días de permiso laboral remunerado por nacimiento de un hijo. En 2007, este permiso aumentó a 4 semanas, en 2008 a 8 semanas y actualmente, el padre al igual que la madre tiene derecho a disfrutar 16 semanas de baja por paternidad. Esto aplica lo mismo si se trata del nacimiento de un hijo, adopción o guarda con fines de adopción y de acogimiento. Eso sí, se trata de un derecho personal e intransferible, lo que significa que no puede cederse de un progenitor al otro.

Vale aclarar que, en algunos casos, se establecen determinados supuestos de ampliación de este período de permiso:

  • Se amplía en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo.
  • Se amplía en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
  • Se amplía por parto prematuro y hospitalización por un período superior a 7 días a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.

Distribución de la baja por maternidad y paternidad

Eso sí, las nuevas modificaciones de la baja por maternidad y paternidad que estarán en vigor este 2023 también determinan la distribución de dicho período de permiso. Según establece el Real Decreto-ley 6/2019 los progenitores están obligados a disfrutar de 6 semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto. Aunque en el caso de la madre biológica podrá disfrutar del permiso hasta 4 semanas antes de la fecha prevista del parto. Asimismo, estas 6 semanas deben disfrutarse a jornada completa para asegurar la protección de la salud de la madre y el cuidado de los hijos.

Las 10 semanas restantes, las madres y padres podrán disfrutarlas:

  • De forma continuada al período obligatorio.
  • De forma ininterrumpida en período semanales, acumulados o independientes, durante el primer año del bebé.

En cualquier caso, la distribución de estas 10 semanas deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de 15 días. Asimismo, previo acuerdo con la empresa, el permiso se podrá disfrutar en régimen de jornada completa o parcial. Vale aclarar que, en el caso de adopción de un niño mayor de 12 meses, estas 10 semanas deberán disfrutarse de manera ininterrumpidas.

El permiso de lactancia, también incluido

Este año, las madres y padres también podrán disfrutar del período de lactancia hasta que el bebé cumpla 12 meses comenzando desde el momento en que se realiza la solicitud. Se trata de un permiso que les concede una hora de ausencia del trabajo para dar de lactar al bebé. Este derecho podrá disfrutarse de las siguientes maneras:

  • Lactancia sin acumular. Se trata del derecho a una hora de ausencia por cada día de trabajo, la cual podrá dividirse en dos fracciones de media hora cada una a disfrutar en diferentes momentos del día.
  • Reducción de jornada. En esta opción, la madre y/o el padre puede solicitar una reducción de la jornada normal en media hora al inicio y al final o una hora al inicio o al final.
  • Lactancia acumulada. También podrá solicitarse la sustitución de este tiempo por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente al que tiene derecho la madre y el padre.
Ayudas maternidad y paternidad

Mayor compatibilidad entre los diferentes permisos

En legislaciones anteriores, a veces los permisos podían ser excluyentes. Sin embargo, los derechos vigentes en 2023 son compatibles entre sí, lo que significa que los progenitores podrán beneficiarse de todos los permisos a los que tengan derecho. Eso sí, vale recalcar que, al tratarse de permisos individuales, no podrán cederse días o derechos de un progenitor al otro. Asimismo, vale tener en cuenta que además de los permisos anteriores, los progenitores pueden solicitar:

  • Reducción de la jornada por cuidado de un menor de doce años. En este caso, la reducción se establece en entre un octavo o la mitad de la jornada con la reducción de sueldo proporcional.
  • Adaptación de la jornada de trabajo. En este apartado, puede solicitarse el teletrabajo, un cambio de horario o un turno determinado sin necesidad de reducir la jornada o el sueldo.
  • Excedencia por cuidado de un hijo hasta los 3 años. En este casi, se suspende la relación laboral sin derecho al desempleo durante el tiempo solicitado.

Nuevas ayudas a la maternidad y paternidad

Asimismo, en enero del 2023 han entrado en vigor nuevas ayudas a la maternidad y paternidad de la Ley de Familias enfocadas en facilitar esta tarea a los padres y ayudarles en la crianza de sus hijos. Algunas de las más importantes son:

  • Ayuda de 100 euros mensuales por hijos de 0 a 3 años para las madres trabajadores y las familias que perciben prestaciones contributivas o subsidios de desempleo.
  • Permiso parental de ocho semanas para el cuidado infantil hasta que el niño cumpla ocho años, el cual se pretende aumentar de manera paulatina.
  • Hasta 9 días de permiso para urgencias y cuidado de convivientes, con o sin relación de parentesco.

De la misma manera, se continúa trabajando en una de las prioridades de la Ley de Familias, la ampliación a seis meses del permiso de maternidad y paternidad. Aunque, como ya sucedió en 2022, este año también ha quedado fuera de la negociación de los Presupuestos Generales del Estado, por lo que aún no está aprobada.

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